TRIFE: Escenario Post_Electoral III (México 2006)
* Anulación de casillas
Por la forma en que se desarrolló la jornada electoral, el tipo de irregularidades que se llegaron a reportar durante la misma, el cuidado del Instituto Federal Electoral en la organización de la elección y en la capacitación de funcionarios de las mesas directivas de casillas y las declaraciones hechas por las autoridades electorales en los últimos días, se estima que existen pocos supuestos en los últimos días, se estima que existen pocos supuestos en los que se puedan acreditar causales para anular la votación de un número de casillas, como para revertir los resultados de la votación
Además debe tomarse en cuenta que el Tribunal Electoral en distintas tesis ha reiterado que para anular la votación recibida en una casilla, la irregularidad aducida debe ser determinante para el resultado de la votación, es decir, debe acreditarse que no de no haberse cometido dicha irregularidad, el resultado de la votación habría sido distinto.
En el caso de las irregularidades por error en escrutinio y cómputo debe acreditarse que el error en el número de votos es igual o mayor a la diferencia entre los partidos que hayan obtenido el primero y segundo lugar en la votación, para que se acredite la determinancia, señala el estudio jurídico.
http://www.eluniversal.com.mx/notas/362119.html
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Además debe tomarse en cuenta que el Tribunal Electoral en distintas tesis ha reiterado que para anular la votación recibida en una casilla, la irregularidad aducida debe ser determinante para el resultado de la votación, es decir, debe acreditarse que no de no haberse cometido dicha irregularidad, el resultado de la votación habría sido distinto.
En el caso de las irregularidades por error en escrutinio y cómputo debe acreditarse que el error en el número de votos es igual o mayor a la diferencia entre los partidos que hayan obtenido el primero y segundo lugar en la votación, para que se acredite la determinancia, señala el estudio jurídico.
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